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ACUERDOS MULTILATERALES PUBLICADOS EN EL BOE.
Debemos recordar que cuando exista algún acuerdo
particular que modifique parcialmente el ADR en vigor, este
acuerdo concreto debe constar entre la documentación del
vehículo y hacerse referencia a dicho acuerdo en la Carta
de Porte, según establece la disposición
5.4.1.1.1, letra i).
- Acuerdo
Multilateral ADR M-178, relativo al idioma de las
indicaciones a introducir en el documento de transporte.
- Acuerdo
Multilateral ADR M-177, relativo al documento de transporte
en operaciones de venta en ruta
- Acuerdo
Multilateral ADR M-175 relativo al transporte de
dióxido de carbono en botellas de hasta 500 ml.
- Acuerdo
Multilateral ADR M-173 relativo a los Códigos LQ4 y
LQ5 del 3.4.6.
- Acuerdo
Multilateral ADR M-171 sobre el transporte a granel en
vehículos cubiertos de materias sólidas de las
clases 6.1 y 8 del grupo de embalaje III.
- Acuerdo
Multilateral ADR M-170 relativo al transporte de
peróxido de hidrógeno en solución acuosa (UN
2015) en cisternas portátiles cuyas características
responden a la instrucción de transporte T9.
- ACUERDO
MULTILATERAL ADR M-168, relativo al transporte de productos
farmacéuticos, listos para su consumo.
- ACUERDO
MULTILATERAL ADR M-165, relativo a la capacidad de la
cantidad limitada (LQ) aplicable al UN 1791 grupo de embalaje
III.
- ACUERDO
MULTILATERAL ADR M-164, relativo al transporte de
sólidos en cisternas de código de cisterna
(L).
- ACUERDO
MULTILATERAL M-163, relativo al transporte de recipientes
vacíos sin limpiar de la clase 2.
- ACUERDO
MULTILATERAL M-159, relativo a las disposiciones
técnicas relacionadas con la estabilidad lateral de
vehículos cisterna.
- ACUERDO
MULTILATERAL M-157, relativo a una derogación de la
instrucción de embalaje P802.
- Acuerdo
Multilateral ADR M-150, relativo a la clasificación de
contaminantes para el medio acuático y sus soluciones y
mezclas (tales como preparados y residuos), que no se pueden
asignar a entradas de las clases 1 a 8 o a otras de la clase
9.
- ACUERDO MULTILATERAL M-145, relativo a las
disposiciones técnicas relacionadas con la estabilidad
lateral de vehículos cisterna.
- ACUERDO MULILATERAL M-143, relativo al transporte
de muestras para diagnóstico.
- ACUERDO
MULTILATERAL M-136, relativo al transporte de ácido
nítrico fumante rojo número ONU2032, en embalajes
compuestos de recipiente interior de plástico con
bidón exterior de plástico (6HH1).
- ACUERDO
MULTILATERAL M-135, relativa al transporte de nitrato de
amonio, líquido N.o ONU 2426, en cisternas dedicadas.
- ACUERDO
MULTILATERAL M-133, relativo a derogaciones respecto del
nombre y descripción de las máquinas
frigoríficas (UN2857).
- ACUERDO
MULTILATERAL M-129, relativo a la aprobación de la
homologación de tipo de vehículos de conformidad
con el Reglamento ECE n.o 105, modificado por la serie de
enmiendas 01.
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